Racionalización de los servicios de salud parte 2

Autores/as

  • José María Maya

DOI:

https://doi.org/10.29176/2590843X.1525

Resumen

La salud no es un bien como cualquier otro. Su relación con el sufrimiento humano, la discapacidad y la muerte hacen que se le tenga a ella una consideración especial en las prioridades de una sociedad y se le dé el estatus de bien meritorio (1) al cual todos los individuos de una sociedad tienen derecho, sin importar su capacidad de pago o condición. Todo ser humano tiene, por tanto, derecho a la salud fundamental para su existencia y a los servicios que permitan o ayuden a conservarla o recuperarla. La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su Artículo 25 establece: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a toda su familia, la salud, el bienestar y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los ser­vicios sociales necesarios” (2). Igual derecho consagra nuestra constitución política (3). Pero para que este derecho se haga efectivo de manera justa, es necesario el concurso de diversos elementos: el Estado, como garante de este derecho; las instituciones de salud, gestoras directas de la asistencia; y, por último, los profesionales de la salud, quienes finalmente entregan los servicios de salud a los pacientes que acuden a solicitarlos.

Biografía del autor/a

José María Maya

Médico, magister en Salud Pública, magister en Dirección Universitaria y magister en Dirección y Gestión de la Seguridad Social; profesor titular, Universidad CES; decano general, Escuela de Ciencias de la Vida. Universidad EIA, Medellín, Colombia
ORCID https://orcid.org/0000-0003-3721-7572

Referencias bibliográficas

1. Castaño Yepes RA. Medicina, ética y reformas a la salud. 2.ª edición. Bogotá: ECOE Ediciones; 2000.
2. Organización de las Naciones Unidas (ONU). La Declaración Universal de Derechos Humanos. París, 10 de diciembre de 1948 [Internet]. [Consultada 20/07/2020]. Disponible en: https://bit.ly/3h63KMX
3. República de Colombia. Constitución Política de 1991 [Internet]. [Consultada 20/07/2020]. Disponible en: https://bit.ly/3g7CFHA
4. Vélez Correa LA. Ética médica. Interrogantes acerca de la medicina, la vida y la muerte. 2.ª edición. Medellín: Corporación para Investigaciones Biológicas (CIB); 1996.
5. Beauchamp TL, Childress JF. Principles of Biomedical Ethics. 6.ª edición. New York: Orxford University Press; 2009.

Cómo citar

1.
Maya JM. Racionalización de los servicios de salud parte 2. rev. asoc. colomb. dermatol. cir. dematol. [Internet]. 19 de octubre de 2020 [citado 28 de marzo de 2024];28(2):192-3. Disponible en: https://revista.asocolderma.org.co/index.php/asocolderma/article/view/1525

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Publicado

2020-10-19

Cómo citar

1.
Maya JM. Racionalización de los servicios de salud parte 2. rev. asoc. colomb. dermatol. cir. dematol. [Internet]. 19 de octubre de 2020 [citado 28 de marzo de 2024];28(2):192-3. Disponible en: https://revista.asocolderma.org.co/index.php/asocolderma/article/view/1525

Número

Sección

Ética. Parte 2.
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